POLÍTICA DE PROBIDAD ACADÉMICA
El Colegio de Bachillerato Fiscomisional Sagrado Corazón, se ha fijado como principio fundamental el de contribuir a la formación integral de nuestros estudiantes, en lo relacionado al conocimiento científico, tecnológico y al marco referencial de actitudes valorativas que lo conforman como persona de bien, en permanente esfuerzo de mejorar la calidad de la educación al servicio de Dios, del ser humano por ser la institución un instrumento privilegiado e insustituible de evangelización. Durante el desarrollo del proceso de aprendizaje es importante que los estudiantes produzcan trabajos auténticos para comprobar que el conocimiento se ha potenciado y asegurar que no sólo sean estudiantes receptores sino productores del conocimiento y así dar cumplimiento con uno de los atributos del perfil de la comunidad del IB como es el de ser íntegros.
PROBIDAD ACADÉMICA
“La Probidad Académica debe entenderse como un conjunto de valores y habilidades que promueven la integridad personal y las buenas prácticas en la enseñanza, el aprendizaje y la evaluación. La probidad académica se ve afectada y determinada por una serie de factores, como la presión del grupo, la cultura, las expectativas de los padres, la limitación de conductas y habilidades enseñadas.” Documento de Probidad Académica – IBO.
CONDUCTA IMPROCEDENTE
“Se define la conducta improcedente como toda acción de un alumno por la cual este u otro alumno salga o pueda salir beneficiado injustamente en uno o varios componentes de la evaluación.” Documento de Probidad Académica – IBO. El colegio considera como probidad académica y conducta improcedente a más de los que se establece en los documentos de probidad académica del Bachillerato Internacional, los que se estipulan en el CAPÍTULO VII. DE LA DESHONESTIDAD ACADÉMICA, Art. 223.- Deshonestidad académica, Art. 224.- Tipos de deshonestidad académica de la Ley Orgánica de Educación Intercultural y Reglamento General (LOEI). De acuerdo con las definiciones antes mencionadas el colegio considera conductas deshonestas que atentan a la probidad académica las siguientes:
Plagio: Se lo define como el acto en donde el estudiante copia parcial o totalmente documentos de autoría ajena y presentarlos como propios, sin enunciar citas bibliográficas, fuentes, pie de páginas o comentarios de donde obtuvo la información.
Colusión: se lo define como el acto en donde el estudiante copia parcialmente ideas de textos, información, trabajos, párrafos de autoría ajena y presentarlos como propios.
Duplicidad: Se lo define como al acto en donde el estudiante presenta trabajos ajenos totalmente copiados y presentados como propios.
Parafraseo: Se lo define como el acto en donde el estudiante copia alguna frase, párrafo, o texto y la contextualiza en sus partes sin haber realizado una cita bibliográfica de donde se da origen la información.
Otros:
- Utilizar material de apoyo (cuadernillos de datos, calculadora, notas, cuestionarios resueltos, teléfono celular) no autorizado en la sala de examen.
- Interrumpir o adoptar una actitud indebida en la ejecución de un examen.
- Interrumpir o distraer a otro estudiante durante el examen.
- Intercambiar información con otro estudiante al momento de la ejecución de un examen.
- No cumplir con las disposiciones dadas por el Supervisor y/o Coordinador dentro del proceso del desarrollo del examen. Para lograr que los estudiantes no incurran en actos de conducta improcedente el colegio aplica mecanismos los cuales ayudarán a fomentar la probidad académica tales como:
- Todos los trabajos escritos y visuales deberán ser sustentados con: - Cita de fuentes bibliográficas. - Anuncio de pie de páginas. - Fuente de donde se obtuvo la información - Comentarios de donde obtuvieron la información original.
- La Coordinación del PDBI socializará en periodos frecuentes todo lo referente a la probidad académica.
- Los profesores serán promotores al cumplimiento de las políticas de probidad académica.
- Los Padres de Familia o Representantes Legales serán comprometidos para que puedan exhortar a sus representados al cumplimiento de esta política.
El colegio ha determinado que se aplicarán las sanciones al estudiante que llegare a cometer actos de conducta improcedente o deshonesta según lo estipulado en el documento de Probidad Académica del IB y en el Art. 226.- Acciones educativas disciplinarias relacionadas a la formación en honestidad académica de la LOEI y su Reglamento General. Como estrategia el Colegio considera de mucha importancia entregar el documento de probidad académica dirigido a estudiantes, docentes y padres de familia al inicio de cada año lectivo y en periodos frecuentes realizar socializaciones y exhortaciones para que se tenga presente las consecuencias de no cumplir con la presente política.
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